SEGUIMIENTO DE LA CAMPAÑA DE REGISTROS DE NACIMIENTOS Y MATRIMONIOS
COLECTIVOS GRATUITOS DIF TUXPAN.
La Procuraduría de la Defensa del Menor, la Familia
y el Indígena DIF Tuxpan, realiza la Campaña de Registros de Nacimientos y de
Matrimonios Coletivos Gratuitos, la cual arrancó el pasado 13 de enero.
El propósito de ésta es brindar certeza legal y
jurídica conforme a derecho para parejas y padres de familia que no han
realizado este trámite.
Para registros de matrimonios, la fecha límite de
recepción de documentos es el día lunes 3 de febrero, y para registros de
nacimiento, será el martes 11 del mismo mes. La entrega de las actas para todas
los gestiones realizadas en el tiempo estipulado será el viernes 14 de febrero.
El lugar y hora del evento quedan por confirmar.
Los interesados en tramitar alguna de las actas,
deberán presentarse en el DIF Tuxpan, ubicado en Boulevard Demetrio Ruiz
Malerva S/N. Colonia Jardines. En el horario de 8:00 a.m. a 15:00 horas de
lunes a viernes. Para recibir la solicitud y la lista de documentos que deben
presentar. Los matrimonios y registros de nacimentos se realizarán conforme la
disponibilidad de fechas y el turno de recepción de la solicitud. El trámite es
gratuito.
REQUISITOS PARA REGISTRO DE NACIMIENTO DE UN MENOR.
1.- Constancia de nacimiento del menor nacido antes
de octubre del año 2007, o certificado de nacimiento. Para los menores nacidos
a partir del primero de octubre de 2007 a la fecha original sellada y firmada
por la institución médica donde ocurrió el nacimiento y una copia fotostática.
Si los padres no viven en Tuxpan, Veracruz y el
niño (a) nació en esta ciudad son 40 días naturales para que puedan registrarlo
(a) , si pasa del término se tendrá que registrar en el lugar donde residan.
2.- Constanca de inexistencia de registro, cuando
el menor sea mayor de 181 días (6 meses un día) nacidos dentro del Estado de
Veracruz y 40 días nacidos en cualquier otro Estado de la República Mexicana.
3.- Cartilla de vacunación del menor (Original y
con sello) y una copia fotostática. (Datos y esquema de vacunas).
4.- Copia fotostática del acta de nacimiento de los
padres del menor (Totalmente legible).
5.-Copia fotostática de las credenciales de elector
o constancia de identidad original expedida por la Secretaria del H.
Ayuntamiento, dentro del término máximo de 90 días (3 meses).
6.- Copia fotostática del acta de matrimonio en
caso de que los padres del menor sean casados.
7.-Copia fotostática de la credencial de elector de
dos testigos mayores de edad, de preferencia familiares (Excepto abuelos).
8.-Cuando uno de los dos comparecientes son menores
de edad y no son casados, deben presentarse a otorgar el consentimiento para el
registro, alguno de los dos padres del compareciente, con su fotocopia de su
credencial de elector o cualquier otre identificación oficial con fotografía.
9.- Cuando el niño (a) se pretende registrar ya
tiene siete años, debe presentar constancia de estudios , constancia de origen
y vecindad y constancia de inexistencia de registro, aparte de la documentación
arriba mencionada.
10.- En caso de que alguno de los padres o testigos
sea extranjero deben presentar fotocopia de su forma migratoria y su pasaporte
con el cual acredita su legal estancia en el país.
11.- La solicitud debe llenarse con tinta de color
negro o azul, o a máquina con letra clara y legible, sin abreviar nombres.
12.- Una vez entregada la documentación completa se
le da el trámite correspondiente y el registro civil les asignará fecha y hora
en la que deberán presentarse los comparecientes y los testigos a firmar el
acta respectiva, además del menor para que se levanten sus huellas digitales.
ACTA DE MATRIMONIO.
1.- Llenar la solicitud expedida por el Registro
Civil, especificando un solo domicilio para los contrayentes.
2.- Copias certificadas originales de las actas de
nacimiento de los contrayentes, sin importar fecha de expedición.
3.- Si los contrayentes tienen hijos registrados
por ambos, presentar copia fotostática del acta de nacimiento del hijo (a).
4.- Copia fotostática de las credenciales de
elector o constancia de identidad expedida por la secretaria del H.
Ayuntamiento dentro del término máximo de 90 días (3 meses).
5.- Copia de credencial de elector de cuatro testigos,
pueden ser familiares, excepto padres de los contrayentes.
6.- Si alguno de los contrayentes es extranjero,
debe presentar un permiso de Gobernación (Instituto Nacional de Migración) , si
los dos son extranjeros acreditar su legal estancia en el país.
7.- Si alguno de los contrayentes es divorciado o
viudo, deberá presentar copia certificada del acta respectiva.
8.- Si los contrayentes no han procreado hijos pèro
se encuentran viviendo en unión libre, por más de seis meses, deberán tramitar
constancia de unión libre, a través del DIF municipal, por lo que deberán
presentar:
-Comprobante de domicilio.
-Copia de credencial de elector.
-Copia fotostática de las actas de nacimiento de
ambos.
Notas importantes.
Los matrimonios entre menores de edad, deberán
celebrarse con el consentimiento expreso de los padres, siendo la edad mínima
para la mujer los 14 años y para el varón 16 años.
Cuando un régimen matrimonial sea por separación de
bienes, deberá establecerse un convenio que se proporcionará en el mismo
registro civil.
No hay comentarios:
Publicar un comentario