Desde el Café
Antonio Portilla inhabilitado legalmente para reelegirse en el ORFIS
Bernardo Gutiérrez Parra
Una firma de abogados a la que se le solicitó su opinión jurídica respecto al
relevo en el Órgano de Fiscalización Superior (Orfis), pero concretamente su
criterio sobre la posible elegibilidad del actual auditor general Lorenzo
Antonio Portilla Vásquez, para un segundo periodo de gestiones, está por dar a
conocer el resultado de su investigación.
Una copia de ese informe llegó a mis pecadoras manos;
se titula INFORME DE OPINIÓN JURÍDICA RESPECTO AL RELEVO EN EL ORFIS, consta de
cuatro páginas y viene dividido en Antecedentes, Hechos, Cuestión Planteada y
Marco Jurídico y Análisis.
Como lo que interesa es saber si Portilla Vásquez
se puede reelegir de acuerdo con la Ley, pongo a tu consideración lector, lo
que dice el Marco Jurídico y Análisis de ese informe:
En la fecha de la designación del actual Auditor
General (año 2012) tenía vigencia y validez la Ley 252 del 6 de junio del 2008
denominada “LEY DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR PARA EL ESTADO”, misma que en su
artículo 67, preceptuaba que el Auditor General serían nombrado por un periodo
de siete años CON POSIBILIDAD DE SER REELEGIDO EN EL CARGO.
EL 30 de julio del 2015 se aprobó en el Congreso
local la Ley 584 denominada “LEY DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR Y RENDICIÓN DE
CUENTAS PARA EL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE”, misma que en el
transitorio segundo abrogó de forma expresa la Ley 252 del 2008 así como “TODAS
SUS REFORMAS Y ADICIONES POSTERIORES”. No obstante, en la nueva Ley en el
artículo 119, permaneció el mismo periodo del nombramiento y la posibilidad de
reelección, tal y como estaba preceptuado en el artículo 67 de la Ley abrogada.
Sin embargo, el 30 de noviembre del 2017 se aprobó
la actual Ley 364 denominada “LEY DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR Y RENDICIÓN DE
CUENTAS DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE”, misma que abrogó la Ley
584 del 2015 así como “SUS REFORMAS Y ADICIONES POSTERIORES, Y SE ABROGAN TODAS
LAS DISPOSICIONES QUE SE OPONGAN A LA PRESENTE LEY” (Transitorio Segundo).
La Ley vigente prohíbe la posibilidad de reelegir
al Auditor General y en el actual artículo 88 a la letra dispone: “El Auditor
General será nombrado por un período de siete años, no podrá ser reelegido y
sólo se le podrá remover por las causas graves que la Ley señale, con la misma
votación requerida para su nombramiento, o por las causas y conforme a los
procedimientos previstos en el Título Quinto de la Constitución del Estado”.
Por su parte, el artículo 67 de la Constitución
Política de Veracruz dispone: “El Congreso designará al titular del Órgano de
Fiscalización Superior, por el voto de las dos terceras partes de los diputados
presentes, de conformidad con el procedimiento que determine la ley. El titular
del Órgano durará en su encargo siete años, no podrá ser reelegido y sólo se le
podrá remover por las causas graves que la ley señale, con la misma votación
requerida para su nombramiento, o por las causas y conforme a los procedimientos
previstos en el Título Quinto de esta Constitución”.
Las leyes de fiscalización que permitían un segundo
periodo de gestión, perdieron vigencia y por lo tanto obligatoriedad total,
como consecuencia de la abrogación expresamente ordenada por el Congreso del
estado al emitir la actual ley en la materia. Aunado a lo anterior, la
abrogación expresa dictada en el transitorio segundo indica que “SE ABROGAN
TODAS LAS DISPOSICIONES QUE SE OPONGAN A LA PRESENTE LEY”, lo que confirma que
la REELECCIÓN antes permitida se opone a la prohibición de la ley actual.
Como conclusión, la firma de abogados señala: EL
ACTUAL AUDITOR GENERAL, C. LORENZO ANTONIO PORTILLA VÁZQUEZ (sic) NO PUEDE SER
DESIGNADO PARA UN SEGUNDO PERÍODO DEL CARGO, PORQUE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE
VERACRUZ Y LA LEY DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR Y RENDICIÓN DE CUENTAS LO PROHIBEN.
Y añaden: NINGUNA LEY DE FISCALIZACIÓN ABROGADA PUEDE SER INVOCADA HOY DÍA,
PUES RESULTAN INCOMPATIBLES CON LA ACTUAL Y ES ILÓGICO E INCONSTITUCIONAL LA
APLICACIÓN DE AMBAS LEYES A LA VEZ.
Hasta ahí el informe.
En los últimos meses don Lorenzo Antonio ha
desarrollado una actividad febril que se contrapone con su pasividad y pachorra
de años anteriores. Ha denunciado un par de ocasiones a Yunes Linares (y
amenaza con empujarle más acusaciones), tiene en la mira al Fiscal Jorge
Winckler y trae asoleados a varios alcaldes y ex alcaldes principalmente del
PAN.
Como parte de sus actividades proselitistas en
busca de la reelección ha concedido más entrevistas que Luis Miguel, saluda a
todo mundo, sonríe, da palmaditas en la espalda, se toma selfies y (aunque esto
no se ha confirmado) carga y besa a niños con los pañales mojados.
En cuanto a entrevistas, las concede tanto a
portales de noticias de rompe y rasga como a medios de prestigio y todas
cuestan. Lo mismo que los columnistas “amigos”, así como los desayunos, comidas
y cenas con quienes le pueden ayudar a lograr su anhelo de seguir despachando
siete años más en el Orfis. Sus preferidos son gente cercana en afecto y amistad
al gobernador y a los legisladores locales. Por dinero no hay problema.
¿De dónde salen las millonarias sumas para esos y
otros menesteres? Buena pregunta que quizá sea contestada si alguna vez se
ordena que se audite al auditor.
Pero todo ese esfuerzo con cargo al erario parece
condenado irremediablemente a la basura si, basados en la Ley, los congresistas
locales le dan las gracias por participar y nombran en su lugar a otro auditor.
Portilla Vásquez está legalmente imposibilitado
para volver a ocupar el cargo que ostenta. La ley que tanto dice defender así
lo mandata y si el tipo es congruente con lo que ésta dice, tendrá que
obedecerla. De lo contrario, irá directo a una bronca legal y los legisladores
que voten a favor de su reelección también.
bernardogup@hotmail.com
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