Cuándo termina el
Horario de Verano 2016 en México
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El
Horario de Verano es una medida que consiste en adelantar los relojes una hora
en casi todos los municipios del país, y en el Horario de Invierno los relojes
se deben atrasar.
Publicado
por: publimetro.com
Foto: Getty
Images/ Archivo
El domingo 30 de octubre a las
02:00 de la mañana, termina el horario de verano 2016, momento en que los
relojes se deben atrasar una hora.
De acuerdo con la normatividad
mexicana, el horario de verano inicia el primer domingo de abril a las 02:00 de
la mañana, momento en el cual los relojes se adelantan una hora, y termina el último
domingo de octubre a las 02:00 de la mañana.
Para la franja fronteriza con los
Estados Unidos, el horario de verano inicia el segundo domingo de marzo a las
02:00 de la mañana, hora local, y termina el primer domingo de noviembre a las
02:00 de la mañana, hora local.
Los estados de Sonora y Quintana
Roo no participan en el programa del horario de verano.
HUSOS HORARIOS
México cuenta con cuatro de los
24 husos horarios o zonas horarias en las que se divide la Tierra. Esta gira
alrededor de su eje una vez cada 24 horas, por lo que se establecen 24 husos
horarios.
De acuerdo con Ley del Sistema de
Horario en los Estados Unidos Mexicanos para definir la Hora Oficial en México,
se deben usar los siguientes cuatro husos horarios:
Tiempo del Sureste = UTC (CNM) –
5
Tiempo del Centro = UTC (CNM) – N
Tiempo del Pacífico = UTC (CNM) –
(N+1)
Tiempo del Noroeste = UTC (CNM) –
(N+2)
* En México la realización física
del UTC (Tiempo Universal Coordinado) está a cargo del Centro Nacional de
Metrología (CENAM) y se denominada UTC (CNM).
* El Centro Nacional de
Metrología, CENAM, fue creado con el fin de apoyar el sistema metrológico
nacional como un organismo descentralizado, con personalidad jurídica y
patrimonio propios.
ZONAS HORARIAS DE MÉXICO
En la Ley del Sistema de Horario
para México se establece qué Estados comprenden cada una de las Zonas en que se
dividió el territorio nacional, conforme a la ubicación que les corresponden
con el meridiano de Greenwich.
I. Zona Centro: Referida al
meridiano 90 grados al oeste de Greenwich y que comprende la mayor parte del
territorio nacional: Aguascalientes, Campeche, Coahuila, Colima, Chiapas,
Distrito Federal, Durango, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, Estado de
México, Michoacán, Morelos, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro, San Luis
Potosí, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán y Zacatecas.
II. Zona Pacífico: Referida al
meridiano 105 oeste y que comprende los territorios de los estados de Baja
California Sur, Chihuahua, Sinaloa, Sonora y Nayarit, con excepción del
municipio de Bahía de Banderas, el cual se regirá conforme a la fracción
anterior en lo relativo a la Zona Centro.
III. Zona Noroeste: Referida al
meridiano 120 oeste y que comprende el territorio del Estado de Baja
California.
IV. Zona Sureste: Referida al
meridiano 75 oeste y que comprende el territorio del Estado de Quintana Roo.
V. Las islas, arrecifes y cayos
quedarán comprendidos dentro del meridiano al cual corresponda su situación
geográfica y de acuerdo a los instrumentos de derecho internacional aceptados.
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