Adicionan Párrafos al Artículo 152 del Instituto de Seguridad Social
para las Fuerzas Armadas
·
Que beneficiarán al personal militar femenino
Por Miguel Álvarez Lechuga
Expidió el Jefe del Ejecutivo Federal, decreto que
adiciona 2 párrafos al artículo 152 de la Ley del Instituto de Seguridad Social
para las Fuerzas Armadas Mexicanas con lo que se beneficia al personal militar
femenino.
El decreto ya fue publicado en el Diario Oficial de
la Federación y ya entró en vigor. Este señala: A solicitud expresa del
personal militar femenino, previa autorización escrita del médico responsable
de la paciente y tomando en cuenta la naturaleza del trabajo que desempeñe se
podría transferir hasta medio mes de licencia anterior a la fecha probable del
parto para después del mismo.
La licencia posterior al parto aumentará 2 meses
adicionales, en caso de que los hijos hayan nacido con cualquier tipo de
discapacidad o requieran de atención médica hospitalaria, previa presentación
del certificado o dictamen correspondiente expedido por médicos militares o
navales especialistas en servicio activo.
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