NACIONAL



Adicionan Párrafos al Artículo 152 del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas
·        Que beneficiarán al personal militar femenino

Por Miguel Álvarez Lechuga
  
Expidió el Jefe del Ejecutivo Federal, decreto que adiciona 2 párrafos al artículo 152 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas con lo que se beneficia al personal militar femenino.

El decreto ya fue publicado en el Diario Oficial de la Federación y ya entró en vigor. Este señala: A solicitud expresa del personal militar femenino, previa autorización escrita del médico responsable de la paciente y tomando en cuenta la naturaleza del trabajo que desempeñe se podría transferir hasta medio mes de licencia anterior a la fecha probable del parto para después del mismo.

La licencia posterior al parto aumentará 2 meses adicionales, en caso de que los hijos hayan nacido con cualquier tipo de discapacidad o requieran de atención médica hospitalaria, previa presentación del certificado o dictamen correspondiente expedido por médicos militares o navales especialistas en servicio activo.


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